Puede reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compró un coche entre 2006 y 2013. Debe disponer de factura que justifique el importe abonado y la documentación que acredite la titularidad. No tiene nada que perder ya que.... además NO LE COSTARÁ NADA. CONTACTE CON NOSOTROS
En las sentencias, la sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza los recursos de las marcas, lo que ha desatado una oleada de consultas legales por parte de quienes adquirieron un coche en la época de los hechos, entre 2006 y 2013, ya que entienden que esta práctica anticompetitiva “infló” el precio de sus vehículos.
En 2015, la CNMC multó con 171 millones a 21 empresas por intercambiar información comercialmente sensible y estratégica en el mercado español de la distribución y los servicios de postventa.
La resolución final afectó a Automóviles Citroën España, B&M Automóviles España, BMW Ibérica, Chevrolet España, Chrysler España, Fiat Group Automobiles Spain, Ford España, General Motors España, y Honda Motor Europe Limited en España.
También a Hyundai Motor España, Kia Motor Iberia, Mazda Automóviles España, Mercedes Benz España, Nissan Iberia, Peugeot España, Renault España Comercial, Toyota España, Volvo Car España.
La cuota de mercado conjunta de estas marcas suponía, por entonces, casi el 91 % de la distribución de automóviles en España, e incluía a prácticamente todas las generalistas y alguna de las “premium” o de gama alta.
AVALANCHA DE CONSULTAS
El “cártel de los concesionarios”, denominado así por algunas asociaciones, ha provocado un aumento de consultas legales de los conductores que compraron un coche en aquellas fechas. Se calcula que lo reclamado podría ascender hasta a un 10% del precio abonado, una media de 2.500 euros por vehículo.
Con todo, los expertos avisan de que cada reclamación deberá ser analizada por separado, y que será necesario disponer del contrato de compraventa y de la factura de compra.